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Todo lo que necesitas saber sobre el impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables

El nuevo impuesto sobre plástico no reutilizable

El pasado 1 de enero de 2023 entró en vigor un nuevo impuesto sobre envases de plástico no reutilizables en España.

En el artículo de hoy te contamos todo lo que necesitas saber sobre este impuesto y añadimos la fuente de información oficial para que puedas cotejar nuestro resumen. Empezamos:

¿En qué consiste el nuevo impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables en España?

Como su nombre indica, el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables es una tasa a pagar por los envases de plástico no reutilizable (o envases que contengan plástico no reutilizable). Esto incluye envases vacíos y envases que sirvan para contener, proteger, manipular, gestionar, distribuir o presentar otros materiales.

Se trata de un impuesto enmarcado en la Ley 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular. En los últimos años, algunos países y regiones europeas ya han comenzado a implementar este tipo de impuesto.

El objetivo de estas medidas es reducir el uso del plástico y fomentar su reciclaje y reutilización. Además de, por supuesto, minimizar la cantidad de residuos plásticos que terminan en océanos y vertederos, con el consecuente daño al planeta.

Si necesitas información oficial, te dejamos el enlace de la Agencia tributaria sobre el impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizable.

¿A qué productos afecta?

Imagina un negocio de carpetas de plástico en España. Tanto el plástico no reciclado de las carpetas como el plástico no reciclado que se utiliza para preparar el envío de grandes cantidades, así como el plástico no reciclado que se usa para embalar estos envíos están sujetos al impuesto.

Los productos sujetos al impuesto incluyen:

  • Envases no reutilizables que contengan plástico.
  • Productos de plástico semiacabados utilizados en la fabricación de envases.
  • Productos de plástico utilizados para cerrar, comercializar o presentar envases.

El impuesto se aplica a todos los tipos de envases y depende del peso del plástico contenido en el producto. De hecho, los productos compuestos por varios materiales, se gravan según el peso del plástico no reutilizable. Es decir, solo se aplica el impuesto al plástico presente en el embalaje, independientemente de si este plástico es el material principal o no.

¿Quién es el responsable del impuesto sobre el plástico?

En general, las empresas que operan en territorio español y que producen, compran o importan envases de plástico no reutilizables y productos que son protegidos o empaquetados con este tipo de envases están sujetas al impuesto.

Esto es, cualquier empresa que produzca, importe o compre envases de plástico no reutilizables o productos envasados en plástico no reutilizable dentro del territorio español está sujeta a este impuesto.

Además, si se descubre que una empresa posee envases de plástico no reutilizables sin la debida justificación, también estará sujeta al impuesto.

En cuanto a los contribuyentes extranjeros, deberán nombrar a un representante español antes de realizar el primer evento imponible, registrarse en el registro especial del impuesto sobre el plástico y cumplir con las obligaciones contables y de facturación.

⚠️ Recuerda que trata de un impuesto al plástico no reciclable consumido en España. Por lo que no se paga por los productos que se envían a otros países.

⚠️ Es posible que el impuesto repercuta al consumidor final, ya que no hay ninguna cláusula que lo impida. De hecho, se espera el aumento de precio de algunos productos.

¿Qué obligaciones tienen los negocios implicados?

Los contribuyentes también deben cumplir con ciertas obligaciones adicionales:

  • Deberán registrarse en un registro territorial y obtener un número de identificación de plástico (CIP o Código de identificación del plástico).
  • Deberán llevar un registro de los productos que producen y los importadores deben llevar un registro de las existencias.
  • Deberán contar con una certificación expedida por una entidad acreditada de la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos.

¿En qué casos no aplica el impuesto sobre envases de plástico no reutilizables?

Están excluidos del impuesto sobre envases de plástico no reutilizables los siguientes casos:

  • La fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de pinturas, tintas, lacas y/o adhesivos que se van a incorporar a productos que SÍ están sujetos a impuestos.
  • La fabricación, la importación o la adquisición intracomunitaria de envases no reutilizables que contengan plástico que NO están diseñados para ser entregados junto con los productos.
  • La fabricación para entrega fuera de España.
  • La pérdida o destrucción antes de que entrase en vigor el impuesto.
  • Las adquisiciones intracomunitarias si, antes del final del plazo de presentación de impuestos, se envían fuera del territorio español, o si ya no son adecuadas para su uso, o si han sido destruidas.
  • Las importaciones y las adquisiciones intracomunitarias que no superen los 5 kg al mes.

Por supuesto, el plástico reciclado está excluido del impuesto. Para confirmar que se trata de plástico reciclado, se deberá obtener una certificación correspondiente al tipo de materia.

Además, existen dos sectores o actividades exentas de este impuesto:

  • El sector de la salud: en concreto, se refiere a la producción, importación o adquisición de envases y materiales de plástico no reutilizables utilizados para contener, proteger, manipular, distribuir y presentar medicamentos, dispositivos médicos, productos alimenticios para usos médicos específicos, fórmulas infantiles para uso hospitalario o residuos peligrosos de origen médico.
  • La agricultura y la cría de animales: esto es,  la producción, importación o adquisición de rollos de plástico utilizados en pacas de ensilaje de forraje o cereales para uso agrícola o ganadero.

¿Cómo se calcula el impuesto?

En el caso de los fabricantes de productos comercializados en España, a los que se les aplica el impuesto, el impuesto se calcula una vez se hayan realizado las ventas o entregas.

El impuesto se calcula por separado, en función de los kg de plástico no reciclado que contiene el conjunto del producto/venta.

Los datos más relevantes a la hora de calcular el total del impuesto son:

  • La cantidad de plástico no reciclado ha de ser certificada en kg por el fabricante.
  • La tasa impositiva a pagar por cada kg de plástico no reciclado es de 0,45 céntimos.
  • El impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables se paga trimestralmente o mensualmente, en función de la declaración de otros impuestos.

¿Cuáles son las sanciones por incumplimiento?

Por supuesto, la normativa prevé sanciones para aquellas conductas que incumplan las regulaciones del impuesto especial sobre envases de plástico de un solo uso. Estas incluyen:

  • La no inscripción en el Registro de la autoridad fiscal correspondiente → Multa fija de 1000 euros.
  • La omisión de designar un representante legal para los sujetos pasivos que no están establecidos en el territorio nacional → Multa fija de 1000 euros.
  • La presentación de información falsa o inexacta acerca de la cantidad de plástico reciclado contenida en los productos sujetos al impuesto → multa equivalente al 50% del valor de las cuotas del impuesto que se hubieran podido dejar de pagar, siendo el monto mínimo de la sanción de 1000 euros. Si se comete una infracción tributaria de manera recurrente, se aumentará la sanción en un 25%.
  • La utilización indebida de exenciones o beneficios fiscales para los productos que están sujetos al impuesto → Multa equivalente al 150% del beneficio obtenido ilegalmente, con un mínimo de 1000 euros.
  • La falta de consignación correcta de información en facturas o certificados → Multa fija de 75 euros por cada documento.
  • La falta de mantenimiento adecuado de registros y contabilidad relacionados con los productos sujetos al impuesto, son conductas que pueden ser sancionadas → Multa del 1% proporcional del INCN en el ejercicio al que se refiere la infracción, con un mínimo de 600 euros.

Y hasta aquí las novedades sobre el reciente impuesto sobre los envases de plástico no reutilizables. En los próximos meses, actualizaremos su acogida y veremos si realmente ha supuesto una mejora.

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